Perú, libre de aforo en comercios y restaurantes

Perú, libre de aforo en comercios y restaurantes. Desde hoy el cupo de aforo en comercios, restaurantes y otros será del 100% en todo el territorio del Perú, acabando con una de las pesadillas de la pandemia.

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A partir del 28 de febrero el cupo de aforo en comercios, restaurantes y otros será del 100% a nivel nacional, de acuerdo con el último decreto supremo aprobado por el Gobierno Peruano.

La última norma (Decreto Supremo N° 016-2022-PCM) —emitida el pasado domingo— deroga el Decreto Supremo N° 015-2022-PCM de 12 de febrero, que había fijado porcentajes límite de aforo para actividades en espacios cerrados y abiertos.

Gracias a la norma que entró en vigencia hoy, no solo se aumenta al 100% la asignación de capacidad para todas las actividades a nivel nacional, también se elimina la clasificación de provincias por niveles de alerta ante el COVID-19.

Mascarillas

No obstante, el nuevo decreto indica que se mantiene la obligación de uso de cubrebocas (KN95 o quirúrgico y de tela) para circular por la vía pública y en lugares cerrados.

La norma también enfatiza que los gobiernos central, regional y local, dentro de sus competencias, deben garantizar que prácticas como el distanciamiento físico de un metro, el lavado de manos, el uso de cubrebocas, el uso de espacios abiertos y ventilados y evitar aglomeraciones, entre otras, se cumplen.

Carnet de vacunas

Asimismo, se mantiene vigente el requisito de que los mayores de 18 años presenten su cartilla de vacunación COVID-19 física o virtual (dos dosis) antes de ingresar a centros comerciales y salas de juegos, tiendas departamentales, tiendas en general, conglomerados, pulperías, supermercados, mercados, restaurantes, casinos, cines, teatros e instituciones financieras.

El mismo documento deben presentar las personas mayores de 18 años para ingresar a iglesias, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spas, baños turcos, saunas, baños termales, gimnasios, notarios y oficinas de atención al usuario, entre otros.

En el caso de los mayores de 40 años, en la cartilla de vacunación deberá constar que también han recibido la tercera dosis o refuerzo.

Mayores de 12 años

De acuerdo con esta nueva norma, los niños mayores de 12 años podrán ingresar a los estadios y arenas deportivas, siempre que presenten su cartilla de vacunación física o virtual (dos dosis).

De igual forma, la norma prorroga la vigencia del estado de emergencia por 32 días y habilita la intervención de la Policía Nacional apoyada por las Fuerzas Armadas, a fin de verificar el cumplimiento de las nuevas medidas vigentes a partir de hoy.

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