Perú, horarios estrictos para ingreso a Machu Picchu

Perú, horarios estrictos para ingreso a Machu Picchu. Horarios de ingreso a Machu Picchu en Perú para visitantes tienen un período de tolerancia de 30 minutos para agilizar el flujo turístico.

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El Ministerio de Cultura de Perú modificó el Reglamento de Uso Sostenible y Visitas Turísticas para la Conservación de la Llaqta o Ciudad Inca de Machu Picchu, ubicada en la provincia de Urubamba en la región Cusco.

Así lo estableció mediante Resolución Ministerial N° 000508-2023-MC publicada este martes en el Diario Oficial El Peruano.

Dicha resolución incorpora una serie de artículos al citado Reglamento.

La primera enmienda se refiere a los tiempos de ingreso a la ciudadela inca. Así, establece que el horario de admisión a cada circuito deberá constar en el boleto de admisión.

«A los visitantes se les da un período de tolerancia de media hora para ingresar a Machu Picchu. Pasado este período, no podrán ingresar a la Llaqta, salvo causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado», precisó.

Además, la resolución indica que el personal encargado de verificar el ingreso de visitantes a Machu Picchu, bajo su responsabilidad, deberá verificar que el número de cédula de identidad y el horario de ingreso indicados en el boleto coincidan con el número de cédula de identidad presentada y el tiempo real de admisión.

Estadía

En cuanto al seguimiento del cumplimiento de horarios, la norma especifica que el personal asignado por el Ministerio de Cultura será el encargado de supervisar y vigilar el cumplimiento de los horarios de ingreso y tiempo de estadía de los visitantes.

Al respecto, indica que el Ministerio de Cultura implementará las respectivas medidas de control, incluso a través de los medios tecnológicos o informáticos correspondientes, para cumplir con los tiempos de ingreso y permanencia establecidos.

Asimismo, la resolución dispone que el Ministerio de Cultura podrá solicitar apoyo a otras entidades públicas para asegurar el cumplimiento de los tiempos de ingreso y permanencia establecidos.

Otra modificación al Reglamento tiene que ver con la designación de un oficial de cumplimiento para la protección del patrimonio cultural.

Así, la norma señala que, mediante Resolución Ministerial, se encomendará a un servidor del Ministerio de Cultura la función de oficial de cumplimiento de la protección del patrimonio cultural, encomendando así a dicha persona la supervisión y seguimiento de lo dispuesto en este Reglamento.

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